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sundaybanker93

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SPOILER ALERT!

Visas Eeuu No Inmigrantes

Visas Eeuu No Inmigrantes

Iniciamos con este una serie de artículos relativos al derecho migratorio de los Estados Unidos. Entre otras muchas, se apuntan ciertas vías para realizar inversiones, como todas y cada una de las cuestiones relativas a actividades empresariales en tal país.

Son trabajos elaborados por el Doctor en Derecho D. Miguel Mirabal-Senra, en la actualidad , nuestro despacho colaborador en Miami, Estados Unidos.

La segunda fuente más grande de inversionistas para Florida (EEUU) es Europa, siendo la primera América Latina. Este artículo es un breve resumen de las Visas más favorecidas por los empresarios y también inversionistas en los E.U.. Con la crisis inmobiliaria y bancaria en el Estado de la Florida, centenares de nuevas ocasiones empresariales se han abierto para todos y cada uno de los niveles de inversionistas Europeos. La razón es simple, el idioma puesto que la lengua franca de negocios en Miami es el castellano, vuelos directos y diarios entre la capital española ( las Grandes capitales Europeas) y Miami, seguridad, estado de derecho y comodidades de inversión e inmigración para los empresarios e inversionistas.  ¡Si se preguntan si hay inversiones para todos, la contestación es tajantemente que SI! Se puede localizar en costos muy descontados o en remate pisos de lujo frente a las conocidas playas de “South Beach”, “Brickell Avenue”, hoteles y proyecto de condominios, y hasta bancos. Hacerlo es más simple de lo que muchos empresarios y también inversores piensan, ya que existen muchos despachos de abogados españoles ubicados en Miami que pueden asesorarlos acerca de las leyes de los dos países.

Cuando el empresario o inversor ya esté listo para comenzar los trámites de comprar o adquirir un negocio o bien inversión en Florida, hay que meditar en la manera más aconsejable de tramitar una visa a Estados Unidos para poder visitar habitualmente y sin demoras en las líneas o preguntas inacabables en la oficina de la inmigración americana, con el visado de turista o el programa de “Visa Waiver”. Las leyes de los EEUUA no contemplan una vivienda en verdad o bien una residencia inmediata, salvo un cónyuge, padre o bien hijo mayor ciudadano de los EEUUA. El Código de Inmigración de los E.U. establece múltiples categorías de visas no-inmigrantes para aquellos extranjeros que desean entrar a los EEUUA por diferentes razones. Algunas de éstas le dejan al extranjero trabajar, bajo determinadas condiciones, en los EEUU. Todas son muy específicas en lo referente a las condiciones bajo las que el extranjero puede entrar y continuar en el país. El proceso de petición de las visas, y los periodos máximos de estadía también cambian. Ciertas visas conceden algunos beneficios a los cónyuges y también hijos menores de 21 mientras que otras no.

Para las visas que ahora se especifican, no importa la ciudadanía o nacionalidad del extranjero, excepto para las visas E.  Para todas las otras todos y cada uno de los requerimientos y todos y cada uno de los requisitos se aplican igual, no obstante el hecho de que sean portadores de ciertos pasaportes. Al igual, aquellas personas que son ciudadanos de países a los cuales no les hace falta visa para entrar a los EEUUA como turistas, o como visitantes de negocios, tienen que cumplir con los mismos requisitos.

B1/2 Visitantes por turismo o bien negocio

E Inversor o Negociante por Tratado

H Profesional

L Intercambio de Ejecutivo o bien Gerente

EB-cinco dólares americanos 500k a dólares americanos 1 Millón Inversión Comercial o bien en Zona designada por el EEUU

En términos simplificados Visas para Empresarios y Inversores tienen estos caracteres.

La Visa B-1 es Visitante de Turismo y B-dos Visitantes por turismo/ negocio. B-2 es un Turista que viene a Estados Unidos con la pretensión de buscar algún negocio rentable.  Esto es con el sin el “Visa Waiver” que le otorgan regularmente a los Europeos.  Esta visa es generalmente por noventa días y de forma fácil aprobada, pero la persona debe seleccionar B-1 simple turista o B-dos Turista con intenciones de buscar negocios. Si la del empresario o bien inversionista ya tiene su “Visa Waiver” otorgado previamente por la embajada o consulado de los EEUU en su país, no debe hacer nada más que solo viajar a los EEUU sin aviso previo. El problema brota cuando el empresario o inversor viaja habitualmente a los E.U., esto es múltiples veces al año, es posible que le anulen su B-1/B-dos “Visa Waiver’. Este tipo de visa jamás se puede transformar en una vivienda o bien nacionalidad de los USA.

La Visa Y también es para Inversionista o bien Negociante por Tratado con los Estados Unidos. España y los E.U. han firmado este tratado.  Inversores, comerciantes y sus empleados pueden percibir visas para abrir negocios. Deben venir de un país que tenga un tratado comercial con los U.S.A..

La Visa H1-B es para Profesional Trabajadores profesionales con por lo menos un grado de licenciatura (o su equivalente en experiencia), son seleccionables para una visa si tienen un empleador y van a ser remunerados del mismo modo que un trabajador americano de su categoría. Con esta Visa el empresario o bien inversionista puede aplicar para la residencia permanente en los U.S.A. tras 3 años y a la Nacionalidad de los U.S.A. después de 3 años.

La Visa L es denominada solamente para Intercambio de Ejecutivo o Gerente. Están libres para ejecutivos, gerentes y algunos empleados que son transferidos a los USA por compañías en el extranjero. Personas con este tipo de visa pueden pedir su residencia permanente sin precisar obtener un certificado de tarea. Con esta Visa el empresario o bien inversor puede aplicar para la residencia permanente en los Estados Unidos tras tres años y para la Nacionalidad de los Estados Unidos después de 3 años.

La Visa EB-1, se les otorga a Extranjeros con Excepcionales habilidades, Destacados Profesores, Investigadores y Ejecutivos. Éstas personas por norma general tienen ofertas de empleo, pero deben demostrar que ningún ciudadano americano podría desempeñar ese trabajo tan bien como ellos. En el caso de probar que su vivienda es de interés nacional, los requerimientos para la oferta de trabajo y el certificado de tarea son suspendidos.

La Visa EB-3, se les da a Profesionales y Trabajadores Calificados.

Estas personas tienen una oferta de trabajo y el empleador debe completar el proceso para su certificado de labor.

La Visa EB-5 es para Inversores que contemplan invertir dólares americanos 500k a $ 1 Millón en una Inversión Comercial o bien en Zona designada por el EEUU.  Bajo el acta de Inmigración del Congreso de mil novecientos noventa, se han dado diez,000 visas por año para inversores que generan empleo a 10 personas. Inversores bajo este programa invierten por lo menos $ 500,000 en áreas rurales, o áreas de desempleo, especialmente determinados y calificado por  el gobierno de los U.S.A.. Con esta Visa el empresario o inversor puede aplicar para la residencia permanente en los U.S.A. tras dos años, y para la Nacionalidad de los E.U. tras tres años.

En Conclusión:

La política de inmigración de los E.U. busca impulsar inversión y desarrollo de negocios. abogados extranjeria carabanchel Por esta razón, la ley provee muchas alternativas de inmigración para inversionistas y ejecutivos extranjeros que procuran hacer negocios en los USA si ellos pueden revisar un lícito o substancial negocio en los U.S.A.. Se recomienda que emplee a un abogado con conocimientos en el área de inmigración, para que él se encargue hacer todos los trámites de las visas.

Miguel F. Mirabal-Senra

Doctor en Derecho