La Policía Nacional está reiniciando de forma gradual y progresiva los servicios de documentación de extranjeros, en algunas ciudades.
La Jefatura Superior de Policía ha explicado que para realizar este tipo de trámites, los ciudadanos van a deber conseguir su cita anterior, que es obligatoria, en .
Del mismo modo, en las oficinas de la Unidad de Documentación de Extranjeros se han instalado mamparas, se ha adoptado un sistema de desinfección y distancias de seguridad, siendo preceptivo el empleo de mascarilla para asegurar la continuidad del servicio.
La Policía Nacional ha recordado que, por medio de su página web, , ofrece información detallada sobre los trámites, en especial en lo relativo a la prórroga de la vigencia de ciertos documentos.
INSTRUCCIÓN
La Policía Nacional ha recordado a los ciudadanos extranjeros y a las diferentes instituciones y organismos que realizan actos jurídicos o administrativos que con fecha de 20 de mayo se han dictado unas instrucciones para dotar de seguridad jurídica a los ciudadanos extranjeros perjudicados por la crisis sanitaria, de este modo para eludir la saturación de las citas de solicitudes de renovación de todo tipo de tarjetas.
CÉDULAS DE INSCRIPCIÓN
Según estas instrucciones, se prorrogan por un plazo de seis meses las cédulas de inscripción de extranjeros indocumentados cuya vigencia haya caducado durante el estado de alarma o en los noventa días naturales anteriores a la data en que se dictaminó, a contar desde la fecha en que hubiera expirado la valía del documento.
CARTAS DE INVITACIÓN
Además, el demandante de una carta de invitación, emitida de antemano a la declaración del estado de alarma que no haya podido ser empleada por coincidir la data de entrada prevista con la vigencia del mismo, podrá pedir a exactamente la misma dependencia que se la expidió, la anulación de exactamente la misma, así como el reembolso de las tasas por expedición de la carta –tasas en término de carta de invitación– y las de tramitación –tasas en término de autorización de expedición–, debiendo hacer entrega inexcusablemente del original de exactamente la misma a la plantilla actuante.
RESGUARDO DE SOLICITUD PROTECCIÓN INTERNACIONAL
El resguardo de presentación de petición de protección internacional –resguardo blanco–, que hubiera sido expedido de antemano al estado de alarma verá prorrogada su vigencia en nueve meses a contar desde la expiración de la valía del documento, siempre que no se haya notificado de manera negativa la resolución del expediente.
TARJETA ROJA
Por su parte, el cita nie de demandante de protección internacional –tarjeta roja– y el documento acreditativo de solicitante de condición de apátrida –tarjeta verde– que hubieran sido expedidos con anterioridad al estado de alarma verán prorrogada su vigencia siete meses desde la expiración de la validez de los documentos, siempre que no se haya notificado negativamente la resolución del expediente.
Asimismo, están canceladas todas y cada una de las citas que hubiesen sido concedidas hasta el día de la fecha para atender la renovación de los referidos documentos.
OTRAS INDICACIONES
La cita instrucción asimismo apunta que el resguardo de presentación de petición de protección internacional –resguardo blanco–, como los documentos acreditativos de demandante de protección internacional –tarjeta roja–, acarrearán, a partir de los seis meses desde su data de emisión, el derecho a trabajar, independientemente de que no lleve incorporada la historia de leyenda ‘Autoriza a trabajar’, siempre que no se le hubiese notificado de manera negativa la resolución de su solicitud.
Por su parte, el documento ‘volante’ de manifestación de voluntad de solicitud de protección internacional que hubiese caducado a consecuencia del estado de alarma ha prorrogado automáticamente su validez durante la vigencia del mismo y a lo largo de los 3 meses posteriores desde la fecha en que se decrete su alzamiento a los fines exclusivos de garantizarle el derecho de no devolución, sin perjuicio de que el interesado deba, en tal plazo y lo antes posible, tramitar la expedición de un nuevo volante para que se le asigne una nueva fecha de formalización.
Los documentos de viaje de quienes tengan reconocida la protección internacional o bien el estatuto de apátrida, cuya vigencia hubiese caducado durante el estado de alarma o en los 90 días naturales anteriores a la fecha en que se decretó se han prorrogado exactamente los mismos términos en los que se haya ampliado la validez de sus tarjetas de identidad de extranjero –prórroga de 6 meses desde que finalice el estado de alarma–./ Europa Press
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